RESOLUCIÓN 424/2020 SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
Botón de Arrepentimiento
Mecanismo oficial y directo para el ejercicio del derecho de revocación de contrataciones a distancia conforme a la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
Aviso Normativo Obligatorio: En cumplimiento del Artículo 34 de la Ley 24.240 y la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, usted tiene derecho a revocar la aceptación del servicio contratado a distancia dentro del plazo perentorio de diez (10) días corridos contados a partir de la firma del contrato o pago inicial, sin responsabilidad ni penalización alguna.
Formulario de Revocación de Servicio
Complete los campos a continuación para procesar la baja de su trámite de ingeniería. Al enviar el formulario, el sistema emitirá de inmediato su código identificatorio de trámite.
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Revocación Procesada Correctamente
Su trámite ha sido registrado con éxito conforme a la Resolución 424/2020 SCI. Conserve el siguiente código de constancia:
REV-OTR-000000
Fecha y hora de registro: --/--/---- --:--:--
La constancia formal ha sido despachada a la casilla de correo indicada.